Régimen tributario especial: actualización del registro web
El Decreto 1680 de 2020 estableció como plazo máximo el 31 de marzo de 2021 para que las entidades del régimen tributario especial efectúen su proceso de actualización del registro web y la presentación de la memoria económica.
El régimen de tributación de las entidades sin ánimo de lucro –Esal–, principalmente el contenido dentro del régimen tributario especial –RTE–, exige de ellas comportamientos sustanciales y formales precisos y estrictos, cuya inobservancia ha generado una notable disminución de la población incluida dentro de ese RTE.
De acuerdo con lo indicado en los artículos 19, 19-4, 356-2, 356-3 y 364-5 del Estatuto Tributario, y teniendo en cuenta la reglamentación efectuada mediante el Decreto 2150 de diciembre 20 de 2017 y los requerimientos de la Resolución Dian 000019 de marzo 28 de 2018, las entidades pertenecientes al RTE deben actualizar su calificación dentro de los tres (3) primeros meses del año.
Mediante el Decreto 1680 de 2020, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estableció el plazo hasta el 31 de marzo para que las Esal del RTE efectúen su proceso de actualización del registro web, así como la presentación de la memoria económica.
De acuerdo con el artículo 1.2.1.5.1.3 del DUT 1625 de 2016, el registro web es un requisito de obligatorio cumplimiento, que tiene como objetivo dar transparencia al proceso de calificación, permanencia y actualización de las entidades acogidas al RTE del impuesto sobre la renta y complementario.
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