Reforma Ley 1314 y 43
El proyecto de reforma de la Ley 43 y 1314 de Ciencia contable, busca reformar el marco normativo de la actividad de los contadores, definiendo estos en dos categorías de profesionales (Contador Profesional y Contador Público Privado).
El Contador Profesional, es el habilitado para dar fe pública, dictaminar estados financieros conforme a Estándares Internacionales de Aseguramiento y certificar los mismos con su firma, luego de haber cumplido los requisitos definidos por la presente ley. Deberá ostentar tres años de experiencia profesional acreditada de los cuales dos deben ser después de haber obtenido el titulo de pregrado.
El Contador Público Privado, es aquel profesional que no obstante haber terminado su etapa de formación en una universidad reconocida por el Gobierno Nacional y aprobado todas las asignaturas, además de haberse graduado, no se sometió a las exigencias de la presente ley, lo que lo inhabilita para ejercer las actividades propias del Contador Profesional.
Adicionalmente el documento plantea que la Junta Central de Contadores “JCC”, sea una Unidad Administrativa Especial, como la DIAN, y articular el Tribunal Disciplinario de la Contaduría con el Concejo Técnico de la Contaduría Pública.
Norma relacionada:
Fuente: www.senado.gov.co
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