Con este Proyecto de Resolución se modificará parcialmente la Resolución No. 000070 del 03/11/2016, por la cual se reglamentó el uso de la firma electrónica en los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

El numeral 3 del artículo 2 de la Resolución 000070 del 03/11/2016 dice lo siguiente: “Código Electrónico (CE): Combinación de caracteres numéricos enviados al correo electrónico del suscriptor del Instrumento de Firma Electrónica (IFE), la cual es usada como segundo factor de autenticación.” y el Proyecto de Resolución 000000 del 28/08/2023 dice: Código Electrónico (CE): Combinación de caracteres alfanuméricos enviados al correo electrónico y/o celular, a través de mensaje de texto (SMS), del suscriptor del Instrumento de Firma Electrónica (IFE), la cual es usada como segundo factor de autenticación.”

En conclusión, el Código Electrónico (CE) utilizado para validar el Instrumento de Firma Electrónica (IFE) será enviado al correo electrónico y/o al número de celular, a través de un mensaje de texto, que se encuentran registrados en el RUT del contribuyente.  

Proyecto de Resolución No. 0000000 del 28/08/2023

Fuente: C&A                                                             

Por C&A

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