Los documentos equivalentes pos son soporte valido de costos y deducciones de renta
El documento equivalente POS tiene plena validez para soportar costos y deducciones en el impuesto sobre la renta e impuestos descontables en IVA.Oficios 000479 y 000481 del 27 de febrero de 2019
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
El documento equivalente POS tiene plena validez para soportar costos y deducciones en el impuesto sobre la renta e impuestos descontables en IVA.
La DIAN aclaró por medio de los Oficios 000479 y 000481 del 27 de febrero de 2019 que en virtud del parágrafo transitorio del artículo 616-1 ET (adicionado por la Ley 1943 de 2018) los documentos equivalentes impresos en formato POS son plenamente válidos para soportar costos y deducciones en el impuesto sobre la renta e impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas, hasta tanto el Gobierno Nacional no expida la reglamentación correspondiente.
Una vez el Gobierno Nacional expida la reglamentación del artículo 616-1 ET, los documentos equivalentes impresos en formato POS no darán derecho a impuestos descontables en IVA ni a costos y deducciones en el impuesto sobre la renta, por lo tanto, los adquirientes deberán solicitar factura de venta para soportar y solicitar impuestos descontables, costos y deducciones.
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