MinTrabajo pretende reglamentar piso de protección social para personas que devenguen menos de un SMMLV
El Ministerio del Trabajo (MinTrabajo) presentó proyecto de decreto, “Por el cual se adiciona el Capítulo 15 al Título 13 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1833 de 2016. A efectos de reglamentar el Piso de Protección Social para personas que devengan menos de un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMMLV)”.
Según este proyecto de norma el piso de protección social se encuentra integrado por: i) el régimen subsidiado del sistema general de seguridad social en salud, ii) el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos – BEPS como mecanismo de protección en la vejez y iii) el seguro inclusivo que amparará a los vinculados, de aquellos riesgos que estén contemplados en los seguros adquiridos en los beneficios económicos periódicos.
Esta norma estaría dirigida a todas las personas que devengan menos de un SMMLV, como consecuencia de su dedicación parcial a un trabajo u oficio.
Usted puede enviar comentarios al respecto hasta el próximo 29 de agosto de 2019 a través del correo electrónico: acisneros@mintrabajo.gov.co
Fuente: www.incp.org.co
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