LA UNIDAD DE GESTIÓN PENSIONAL Y PARAFISCALES –UGPP– SUSPENDIÓ LOS TÉRMINOS DE DETERMINADAS ACTUACIONES Y PROCESOS ADMINISTRATIVOS

 

 

Esta suspensión tendrá lugar durante la vigencia del estado de emergencia declarado por el Ministerio de Salud y Protección Social, esto es, hasta el 30 de mayo de este año.

 

¿Qué medidas ha tomado la UGPP respecto a los términos de los procesos administrativos en curso con ocasión de la contingencia por el COVID-19?

La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP–, a través de la Resolución 385 del 01 de abril de 2020, determinó que los términos de los procesos administrativos de determinación, sancionatorios, discusión, interposición de recursos o revocación directa y cobro de contribuciones parafiscales de la protección social quedarán suspendidos durante la vigencia del estado de emergencia decretado por el Ministerio de Salud y Protección Social a través de la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, esto es, hasta el 30 de mayo de este año.

Los términos de los mencionados procesos se reanudarían el primer día hábil siguiente a la superación del estado de emergencia, esto es, el lunes primero (1) de junio del año en curso.

 

Esta suspensión aplicará en igual medida para:

  • La decisión de solicitudes de terminación por mutuo acuerdo y conciliación judicial.
  • Interposición y decisión de recursos de reposición.
  • Solicitudes de revocatoria directa contra las actas que niegan las solicitudes de terminación por mutuo acuerdo o conciliación judicial.

 

Procesos en los que no aplica la suspensión de términos

A través de la Resolución 385 de 2020, expedida por la UGPP, se establece que no aplicará la suspensión de términos en el evento en que el contribuyente, mediante comunicación, solicite la continuidad del proceso administrativo o el trámite de solicitud de terminación del proceso por mutuo acuerdo o conciliación judicial.

Por otra parte, tampoco aplicará la suspensión de términos para las solicitudes de desembargos o su levantamiento por parte de la UGPP.  

 

 

Tienes alguna duda, te ayudamos sin ningún compromiso.

[stm_spacing lg_spacing=»20″ md_spacing=»20″ sm_spacing=»20″ xs_spacing=»10″][stm_spacing lg_spacing=»20″ md_spacing=»20″ sm_spacing=»20″ xs_spacing=»10″]

Corredor y Asociados

Es miembro y representante en Colombia de THE LEADING EDGE ALLIANCE – LEA, asociación  internacional de firmas de profesionales independientes que  prestan servicios de auditoría, contabilidad y consultoría a nivel  mundial.con presencia en más de 100 países y más de 226  firmas de contadores públicos.

Ver más…

[stm_contacts_widget style=»style_4″ class=»color_white» facebook=»https://www.facebook.com/corredor.asociados» twitter=»#» linkedin=»#» email=»info@corredoryasociados.com»]

Oficina Principal

[stm_contacts_widget class=»color_white» address=»Calle 100 # 19 – 61 Oficina.511″ phone=»(+57) 704 2583 – 792 5139″]

Escríbenos ahora

    © Todos los derechos reservados por Corredor y Asociados LTDA – 2019  /   Términos y Condiciones     /   Protección de Datos

    Por C&A

    Deja una respuesta

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *