Declaración anual de activos en el exterior: plazos para su presentación en 2022

Los obligados a presentar la declaración anual de activos en el exterior en 2022 deberán hacerlo conforme al artículo 1.6.1.13.2.26 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1778 de 2021.

Esta obligación deberá cumplirse en los mismos plazos en los que vencen las declaraciones de renta.


 

La declaración anual de activos poseídos en el exterior, establecida en el artículo 607 del Estatuto Tributario –ET– (adicionado mediante el artículo 43 de la Ley 1739 de 2014), es una declaración informativa que deben presentar los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, tanto del régimen ordinario como del especial, si al 1 de enero de cada año poseen activos fuera del país.

¿Quiénes deben presentarla?

Según lo dispuesto en el parágrafo del artículo 607 del ET, modificado por el artículo 109 de la Ley 2010 de 2019, deberán presentar la declaración de activos en el exterior los contribuyentes del impuesto sobre la renta, residentes en el territorio colombiano para efectos fiscales, que al 1 de enero de 2022 posean activos en el exterior con un valor patrimonial superior a 2.000 UVT, es decir, $76.008.000 para el año gravable 2022. 

¿Cuál es el formulario empleado para declarar los activos en el exterior?

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta obligados a presentar la declaración de activos en el exterior deberán utilizar el formulario 160 que prescriba la Dian para la vigencia 2022; además, deberán emplear los servicios informáticos de la administración tributaria, usando el instrumento de firma electrónica.

¿Qué tipos de activos deben registrarse en el formulario 160?

La declaración de activos en el exterior tiene como propósito recaudar información de activos en el exterior poseídos por los residentes contribuyentes del impuesto sobre la renta, entre los cuales se encuentran las cuentas por cobrar, inversiones temporales, cuentas bancarias, anticipos, préstamos y demás conceptos que según su naturaleza sean considerados “activos”.

¿Cómo se deben declarar estos activos?

Si el valor patrimonial de los activos es superior a 3.580 UVT ($136.054.000 en 2022), deberán ser declarados de manera discriminada, informando su valor, jurisdicción donde están ubicados y su naturaleza. Sin embargo, si el total de activos es igual o inferior al monto mencionado, deberán ser declarados de forma agregada por su valor patrimonial, según la jurisdicción donde estén localizados.

Cabe señalar que para registrar el valor patrimonial de los activos poseídos en el exterior, este debe ser estimado en moneda nacional, de acuerdo con la tasa representativa del mercado –TRM– a diciembre 31 del año inmediatamente anterior al de la declaración. Es decir, para este caso se emplearía la TRM registrada a diciembre 31 de 2021 ($3.981,16).

Por otra parte, es importante precisar que esta declaración es de carácter netamente informativo, por lo cual en ella no se genera impuesto ni valor a pagar por parte del declarante.

 Vencimientos

Los plazos para presentar la declaración de activos en el exterior, correspondiente al año 2022, vencen de acuerdo con el tipo de declarante, atendiendo al último o a los dos últimos dígitos del NIT que constan en el RUT, dependiendo del tipo de contribuyente, sin tener en cuenta el dígito de verificación y de acuerdo con los términos indicados en el artículo 1.6.1.13.2.26 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1778 de diciembre 20 de 2021.

 

Grandes contribuyentes
Último dígito del NIT Hasta el día

(año 2022)

Último dígito del NIT Hasta el día

(año 2022)

1 7 de abril 6 18 de abril
2 8 de abril 7 19 de abril
3 11 de abril 8 20 de abril
4 12 de abril 9 21 de abril
5 13 de abril 22 de abril
Personas jurídicas
Últimos dígitos del NIT Hasta el día

(2022)

Últimos dígitos del NIT Hasta el día

(2022)

01 al 05 7 de abril 51 al 55 25 de abril
06 al 10 8 de abril 56 al 60 26 de abril
11 al 15 11 de abril 61 al 65 27 de abril
16 al 20 12 de abril 66 al 70 28 de abril
21 al 25 13 de abril 71 al 75 29 de abril
26 al 30 18 de abril 76 al 80 2 de mayo
31 al 35 19 de abril 81 al 85 3 de mayo
36 al 40 20 de abril 86 al 90 4 de mayo
41 al 45 21 de abril 91 al 95 5 de mayo
46 al 50 22 de abril 96 al 00 6 de mayo

 

Personas naturales
Últimos dígitos del NIT Hasta el día

(2022)

Últimos dígitos del NIT Hasta el día

(2022)

01 y 02 9 de agosto 51 y 52 14 de septiembre
03 y 04 10 de agosto 53 y 54 15 de septiembre
05 y 06 11 de agosto 55 y 56 16 de septiembre
07 y 08 12 de agosto 57 y 58 19 de septiembre
09 y 10 16 de agosto 59 y 60 20 de septiembre
11 y 12 17 de agosto 61 y 62 21 de septiembre
13 y 14 18 de agosto 63 y 64 22 de septiembre
15 y 16 19 de agosto 65 y 66 23 de septiembre
17 y 18 22 de agosto 67 y 68 26 de septiembre
19 y 20 23 de agosto 69 y 70 27 de septiembre
21 y 22 24 de agosto 71 y 72 28 de septiembre
23 y 24 25 de agosto 73 y 74 29 de septiembre
25 y 26 26 de agosto 75 y 76 30 de septiembre
27 y 28 29 de agosto 77 y 78 3 de octubre
29 y 30 30 de agosto 79 y 80 4 de octubre
31 y 32 31 de agosto 81 y 82 5 de octubre
33 y 34 1 de septiembre 83 y 84 6 de octubre
35 y 36 2 de septiembre 85 y 86 7 de octubre
37 y 38 5 de septiembre 87 y 88 10 de octubre
39 y 40 6 de septiembre 89 y 90 11 de octubre
41 y 42 7 de septiembre 91 y 92 12 de octubre
43 y 44 8 de septiembre 93 y 94 13 de octubre
45 y 46 9 de septiembre 95 y 96 14 de octubre
47 y 48 12 de septiembre 97 y 98 18 de octubre
49 y 50 13 de septiembre 99 y 00 19 de octubre

 

 

Tienes alguna duda, te ayudamos sin ningún compromiso.

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