COVID-19: MEDIDAS PARA LAS PROPIEDADES HORIZONTALES
El consejo de administración puede autorizar el uso del 100 % del fondo de imprevistos sin la autorización de la asamblea de copropietarios.
Queda aplazado el reajuste anual de las cuotas de administración. Conoce a continuación más aspectos importantes sobre este tema de interés.
El Decreto Ley 579 de abril 15 de 2020, expedido por el Ministerio de Vivienda, establece una serie de directrices transitorias que deben seguirse en la propiedad horizontal durante el estado de emergencia a causa del COVID-19.
Uso del 100 % del fondo de imprevistos
En las propiedades horizontales donde el recaudo por cuotas de administración se vea afectado y estas tengan consejo de administración, este órgano puede autorizar al administrador para que utilice hasta el 100 % del fondo de imprevistos, del 15 de abril al 30 de junio de 2020, sin que se necesite la autorización de la asamblea general de propietarios.
La idea es utilizar el dinero para mantener los contratos de trabajo del personal empleado en la propiedad horizontal y ejecutar los contratos con empresas de vigilancia, aseo, jardinería y demás que se relacionen con la copropiedad.
Reajuste de cuotas de administración
Queda aplazado el reajuste anual de las cuotas de administración del 15 de abril al 30 de junio de 2020. Solo a partir de julio 1 las cuotas deberán pagarse con reajuste.
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