¿Conoces el manejo tributario y contable del PAEF y el PAP?
El Paef y el PAP fueron ampliados hasta marzo del año 2021 mediante la Ley 2060 de 2020. Estos programas son considerados subvenciones según lo dispuesto en la NIC 20 y en la sección 24 del Estándar para Pymes, que disponen el tratamiento contable de estas para entidades de los grupos 1 y 2.
Durante el año 2020, la crisis generada por la pandemia del COVID-19 trajo dificultades para las empresas en todos los sectores, pues las medidas de aislamiento decretadas por el Gobierno para disminuir su propagación afectaron, drásticamente, las dinámicas de mercado.
A causa de lo anterior, el Gobierno expidió los decretos legislativos 639, 677, 815 y 770 de 2020, por medio de los cuales nacen el Programa de Apoyo al Empleo Formal –Paef– y el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios –PAP–, que fueron ampliados hasta marzo del año 2021 mediante la Ley 2060 de 2020.
La finalidad de estos programas es proteger el empleo formal, otorgando un aporte estatal o subvención que ayude a las empresas y sea un reconocimiento a los empleadores que mantuvieron trabajadores activos pese a la crisis suscitada por el COVID-19.
Todas las empresas que apliquen a estos programas de ayuda deben reconocerlos en su contabilidad. En este caso, según los criterios de la NIC 20 y la sección 24 del Estándar para Pymes, el Paef y el PAP son considerados subvenciones, ya que son una ayuda gubernamental en forma de transferencias de recursos a una entidad a cambio del cumplimiento pasado o futuro de ciertas condiciones relacionadas con las actividades de operación de la entidad.
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