- 23 marzo, 2021
- Posted by: corredor
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Beneficio de auditoría en declaraciones de renta extemporáneas
Según el artículo 689-2 del Estatuto Tributario –ET–, quienes no han presentado sus declaraciones de los años gravables 2019 hacia atrás podrán presentarlas durante 2021 y aun así acceder a la firmeza especial en solo 6 o 12 meses siguientes a su presentación.
Lo anterior, siempre y cuando se cumplan los requisitos contemplados en el artículo 689-2 del ET.
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