Así avanza la octava reforma tributaria del presidente Iván Duque

Desde que el presidente Iván Duque inició su mandato en 2018, se han emitido al menos 7 normas que podrían considerarse reformas tributarias por su significativo impacto en el sistema tributario nacional.

Aquí te contamos detalles del proyecto de ley que sería la 8.a reforma del mandatario.


 

El pasado jueves 15 de abril de 2021 el Ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, radicó, con mensaje de urgencia, el proyecto de ley denominado de “solidaridad sostenible”, que sería la octava reforma tributaria del Gobierno del presidente Iván Duque Márquez:

La iniciativa legislativa se rotuló en la Cámara como el proyecto de ley 594, y en el Senado, como el proyecto 439. Fue presentada mediante rueda de prensa a través de los canales virtuales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, como se podrá ver en el siguiente video:

De acuerdo con el Ministro Carrasquilla, la que sería la reforma tributaria del año 2021 tiene por objeto optimizar la política fiscal para consolidar una infraestructura de equidad en un marco de sostenibilidad de las finanzas públicas, que contribuya a fortalecer la política de erradicación de la pobreza a través de la articulación de los siguientes instrumentos:

  • La redefinición de la regla fiscal.
  • El fortalecimiento y la focalización del gasto social.
  • La redistribución de las cargas tributarias y ambientales.
  • La adopción de medidas presupuestales para la adecuada adopción de la propuesta.

El siguiente, es el texto completo de las 330 páginas que radicó el Ministro de Hacienda, en las cuales se incluye la exposición de motivos del proyecto de reforma tributaria.

En las próximas líneas se encuentran los principales cambios que se introducirían al sistema tributario nacional en caso de ser aprobado el proyecto:

Personas naturales obligadas a declarar renta

Los artículos 102 al 104 del proyecto de ley de reforma tributaria proponen una modificación al numeral 1 del artículo 592 del Estatuto Tributario –ET– en lo que respecta al monto mínimo de ingresos y patrimonio bruto para quedar obligado a declarar impuesto de renta; también se modificaría el numeral 1 del artículo 593 del ET y varios literales del artículo 594-3 del ET.

Con dichas modificaciones, las siguientes serían las variaciones en los requisitos para ser una persona natural obligada a declarar renta:

 

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